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Datos actualizados el 27-09-2026, 02:26 a. m..HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 812261-43-LE26 · Publicada
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública “SERVICIO DE DESINSTALACIÓN Y TRASLADO INTERNO DE CARRUSEL DE BODEGA PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del servicio a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos servicios alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 812261-46-LR26 · Publicada 09-07-2026, 04:25 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública “SERVICIO DE CIRUGÍA TRAUMATOLÓGICA TUMORES ÓSEOS FUERA DE HORARIO PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del servicio a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos servicios alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 777304-39-LP26 · Publicada 23-07-2026, 03:26 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de “INSUMOS PARA MONITORIZACION PEDIATRICA PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que todos los insumos suministrados deben ser nuevos y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual, pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del Hospital la Florida. No podrá el proveedor ofertar insumos distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos, todo lo extra ofertado, no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del Bien a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. | Tampoco podrá el proveedor presentar dos insumos alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 777304-56-LE26 · Publicada 02-09-2026, 03:36 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de “SUMINISTRO DE INSUMOS RESPIRATORIOS PEDIATRICOS PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que todos los insumos suministrados deben ser nuevos y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual, pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del Hospital la Florida. No podrá el proveedor ofertar insumos distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos, todo lo extra ofertado, no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por el Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del bien a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos insumos alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 812261-69-LE26 · Publicada 04-09-2026, 03:41 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública “CURSOS DE CAPACITACIÓN II PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por el Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del servicio a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos servicios alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 812261-68-LE26 · Publicada 03-09-2026, 07:38 p. m.
VISTOS: Las facultades conferidas por el D.F.L. Nº 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. 2.763 de 1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; DFL Nº 119.653 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; La Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; La Ley Nº19.653 sobre Probidad Administrativa; El Decreto Nº38 de 2005, sobre Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Salud de Autogestión en Red; la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Nº 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda; la Resolución N°36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; el Decreto con Fuerza de Ley N° 36 de 1980 del Ministerio de Salud, que regula convenios celebrados con terceros y relativos a la ejecución de las acciones de salud que le son propias; el Decreto Exento Nº 607, de 2 de octubre de 2013, del Ministerio de Salud, que crea el Hospital Dra. Eloísa Diaz I. de La Florida; la Resolución exenta Nº926 del Ministerio de Salud, de fecha 27 de diciembre de 2022, que otorga la calidad de establecimiento de autogestión en red al Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza de La Florida; la Resolución TRE 449162025 del SSMSO de fecha 26 de Agosto de 2025 , que nombra en cargo de alta dirección Pública en el cargo de Subdirectora Administrativa del Hospital Clínico Eloísa Díaz de la Florida a doña Ana María Fuentes Carbonetto; la Resolución Exenta N°1246, de fecha 02 de octubre de 2023, que Actualiza Organigrama del Hospital Clínico Metropolitano Dra. Eloísa Díaz Insunza de La Florida; la Resolución Exenta N°536, de fecha 18 de abril de 2023, que establece nombres de jefaturas y respectivas subrogancias de todos los niveles jerárquicos de la estructura organizacional vigente del Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza de la Florida; la Resolución Exenta N°1512, de fecha 30 de noviembre de 2023, que Actualiza Subrogancias de la Dirección del Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza de La Florida; la Resolución Exenta N°114 de fecha 25 de enero de 2024, que modifica la estructura organizacional de todo el Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza de La Florida; la Resolución Exenta N°885, de fecha 15 de julio de 2024, que actualiza estructura organizacional de todo el Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza; la Resolución Exenta N°542, de fecha 23 de abril de 2025, que Actualiza Estructura Organizacional Del Hospital Clínico Dra. Eloísa Diaz Insunza De La Florida; la Resolución Exenta N°1002, de fecha 12 de agosto de 2024, que actualiza nómina de jefaturas y respectivas subrogancias, según la estructura vigente del Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza; Resolución Exenta N°866 del 16 de Junio de 2025 que actualiza estructura organizacional del Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza; la Resolución Exenta N°1028, de fecha 14 de agosto de 2024, que ratifica y actualiza Subrogancias de la Dirección, Subdirección Administrativa y Unidad de Personal del Hospital Clínico Dra. Eloísa Díaz Insunza de la Florida; la Resolución Exenta N°286 de fecha 21 de febrero de 2025, que actualiza el orden de subrogancias de la Dirección del Hospital Clínico Metropolitano Dra. Eloísa Diaz Insunza de La Florida; la Resolución Exenta N°696, de fecha 19 de mayo de 2025, que actualiza nómina de jefaturas y respectivas subrogancias; la Resolución Exenta N°1262 de fecha 03 de septiembre de 2025, que actualiza la nómina de jefaturas y subrogancias de acuerdo a la estructura vigente del HLF; la Resolución Exenta N° 240, de fecha 6 de febrero de 2026, que actualiza nómina de jefaturas y subrogancias de acuerdo a estructura vigente del HLF; La Resolución Exenta N°320 de fecha 20 de febrero de 2026, que define orden de subrogancias de dirección; La Resolución Exenta R.A N°4497802026 del SSMSO, de fecha 29 de abril del año 2026, que establece el orden de subrogación; La Resolución Exenta N°4497232026 del SSMSO, de fecha 29 de abril del año 2026, que establece el cese de funciones del director Enrique Ayarza Ramírez; la Resolución Exenta RA N° 44912672026, del SSMSO, de fecha 23 de junio de 2026, sobre establecimiento de orden de subrogación; la Resolución Exenta N° 1114, de fecha 21 de julio de 2026 que actualiza jefaturas y subrogantes del HLF y la Resolución Exenta N° 1115, de fecha 21 de julio de 2026 que actualiza estructura organizacional del HLF; Resolución Exenta N° 1118, de fecha 23 de julio de 2026, que actualiza y modifica estructura organizacional; la Resolución Exenta N° 1119, de fecha 23 de julio de 2026, que actualiza y modifica nombres de jefaturas y subrogancias y la Resolución Exenta Nº1754, de fecha 02 de junio de 2015, mediante la cual la Dirección del establecimiento delega facultades al Subdirector Administrativo.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 777304-48-LP26 · Publicada 26-08-2026, 07:14 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de “INSUMOS ENDOSCOPÍA PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que todos los insumos suministrados deben ser nuevos y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual, pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del Hospital la Florida. No podrá el proveedor ofertar insumos distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos, todo lo extra ofertado, no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del bien a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos insumos alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 812261-70-LE26 · Publicada 07-09-2026, 03:11 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública “SERVICIO DE MANTENCIÓN PLANTA DE AGUA DE UCI ADULTO PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por el Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del servicio a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos servicios alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 777304-55-LP26 · Publicada 31-08-2026, 08:21 p. m.
1.- OBJETO DE LAS BASES Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de “SERVICIO DE ARRIENDO DE MESA TRAUMATOLÓGICA PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que los equipos contemplados en el SERVICIO DE ARRIENDO DE MESA TRAUMATOLÓGICA (2 Mesas Quirúrgicas Universales Base, 1 Módulo para Cirugía de Columna y 1 Módulo de Tracción Ortopédica) deben ser nuevos y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. No podrá el proveedor ofertar complementos extras ni accesorios no contemplados en los requerimientos técnicos, todo extra ofertado, no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por el Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del bien a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos equipos alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 777304-59-LE26 · Publicada 08-09-2026, 02:48 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de “ELEMENTOS DE PROTECCIÓN RADIOLOGICA PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que todos los insumos suministrados deben ser nuevos y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual, pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del Hospital la Florida. No podrá el proveedor ofertar insumos distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos, todo lo extra ofertado, no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por el Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del bien a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos insumos alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 812261-71-LE26 · Publicada 10-09-2026, 03:38 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de SUMINISTRO MEDICAMENTOS PREPARADOS MAGISTRALES PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 777304-50-LP26 · Publicada 01-09-2026, 06:42 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de “SUMINISTRO CATÉTERES SWAN Y CATÉTERES DIÁLISIS CON EQUIPO EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que todos los insumos y equipos en comodato suministrados deben ser nuevos y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual, pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del Hospital la Florida. No podrá el proveedor ofertar insumos distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos, todo lo extra ofertado, no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por el Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del Bien a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos insumos alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 777304-57-LP26 · Publicada 02-09-2026, 05:22 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de “TORRE DE ENDOSCOPÍA PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA”, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que todos los equipos deben ser nuevos y sin uso, todo lo anterior debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual, pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del Hospital la Florida. No podrá el proveedor ofertar equipos distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos, todo lo extra ofertado, no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del bien a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos equipos alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 812261-56-LR26 · Publicada 19-08-2026, 04:39 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA CAA DEL HOSPITAL LA FLORIDA” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases. No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del servicio a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos servicios alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 812030-20-LP26 · Publicada 16-09-2026, 02:30 p. m.
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición de CAJA SISTEMA FIJACIÓN COLUMNA DESECHABLE DE LLAMADO CON INSTRUMENTAL EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA, y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición. Cabe hacer presente que todos los productos suministrados deben ser nuevos y sin uso. Las cantidades de los productos solicitados en la presente licitación son referenciales y estimados, por lo cual, pueden disminuir o aumentar de acuerdo a las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del Hospital la Florida. No podrá el proveedor ofertar complementos, extras, ni accesorios no contemplados en los requerimientos de estas Bases. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación. Los productos solicitados, así como el monto disponible de gasto, asignados para esta licitación, se encuentran detallados en las bases Técnicas de licitación. Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por el Hospital, y que no pueda ser separado técnica o económicamente del Bien a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta. Tampoco podrá el proveedor presentar dos insumos alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será declarada inadmisible. Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o ítem licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases. Tampoco podrá el proveedor, en ningún caso, condicionar su oferta generando cambios en el requerimiento técnico yo administrativo establecido en estas bases. En caso de presentarse alguna discrepancia entre lo ofertado por el proveedor y el requerimiento original de bases, la oferta se declarará inadmisible.
Fuente: Mercado Público
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ · 812030-21-LR26 · Publicada 25-09-2026, 04:22 p. m.
El objetivo de las presentes Bases Técnicas es establecer los procedimientos, términos y exigencias que regularán la consignación para el suministro de “CAJAS FIJADORES EXTERNOS TRAUMATOLOGÍA CON INSTRUMENTAL EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” para el Hospital de La Florida
Fuente: Mercado Público